c80

¿Son las Administradoras de Fondos de Pensiones el sistema de jubilación que nos merecemos?

Radiografía de una crisis estructural

El sistema de pensiones en Chile, que hasta hace muy poco era 100% privado, a diferencia del desarrollo histórico que tuvo previo a la dictadura, ha sido objeto de un debate constante, provocando preguntas, reflexiones y demandas sobre su efectividad y equidad.

En esta web story, nos sumergiremos en diversas dimensiones relacionadas con los sistemas de pensiones por vejez (AFP y estatal), indagando no solo en su funcionamiento y el destino de inversión de los fondos de pensiones, sino también revelando los desafíos y conflictos de interés que han surgido en este contexto.

Orígenes e historia

Luego del golpe cívico-militar de 1973, economistas de la llamada Escuela de Chicago proponen y presionan a la junta militar a cambiar el sistema de pensiones solidario existente por uno de capitalización individual basado en un modelo económico de tipo neoliberal, diseñándose desde un inicio para, además, inyectar inversión a los grandes grupos económicos del país.

El principal argumento esgrimido por los economistas promotores de las AFP hacia 1980, es que el sistema existente a esa fecha  “va a quebrar en el futuro”, algo que no fue respaldado con datos fidedignos tal como se demuestra en el Acta Secreta Nº398A de 1980.

Revisa los principales hitos de esta larga historia en:

Línea de tiempo AFP-pensiones

¿Qué leyes habilitan a las AFP?

Decreto ley Nº 3.500

13 noviembre 1980

El sistema previsional privado actual nace con el Decreto ley 3.500, redactado y promulgado a fines de 1980, sin debate democrático, por la dictadura cívico-militar.

Desde ese año, la ley ha sido modificada en diversos períodos de gobierno y su ente regulador es la Superintendencia de Pensiones (SP), ex Superintendencia de AFP,  la cual fiscaliza el funcionamiento del sistema de pensiones en general, incluyendo lo privado y lo público, es decir, las AFPs, el  Instituto de Previsión Social IPS y pensiones solidarias. 

La Constitución Política de 1980

21 octubre 1980

El mismo año que se impuso el  Decreto Ley Nº 3.500, la dictadura terminó de redactar su propuesta de nueva Constitución, la cual fue ”aprobada” por un ilegítimo plebiscito el 11 de septiembre de 1980.

Sin poner obstáculos al DL 3.500, el artículo 19 n° 18 de la C80 establece que la Constitución asegura:

El derecho a la seguridad social.


1. Las leyes que regulen el ejercicio de este derecho serán de quórum calificado.

2. La acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias.

2. La acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias.

3. El Estado supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social.

El artículo se caracteriza porque no se “compromete” con algún tipo específico de seguridad social, ya sea privado, público, individual, solidario, mixto etc.

Esta Constitución, y por ende el artículo 19 Nº18 sobre la seguridad social, comenzó a regir el 11 de marzo de 1981, meses después que comenzara a regir el Decreto Ley 3.500, el 13 de noviembre de 1980.

¿Y cómo funciona el sistema de pensiones por vejez en Chile?

Existen dos sistemas, coexistentes:

Sistema Privado (AFP)

Es un sistema contributivo de ahorro privado, individual y forzoso de trabajadoras/es hacia las empresas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), implementado hacia 1980 en plena dictadura cívico-militar.

Sistema Público-Estatal

  1. Es el sistema no contributivo de pago de pensiones, estatal y solidario, a través de la Pensión Garantizada Universal (PGU), para personas de 65 años o más, que integren un hogar del 90% más vulnerable de la población, independientemente de si tienen o no derecho a pensión o de que se hayan pensionado o no.
  2. También es el sistema contributivo de pago de pensiones, estatal y solidario, para las Fuerzas Armadas y Policías.

¿Cómo se financia?

Trabajadoras/es cotizan el 10% de su sueldo.

  1. Recaudación estatal por impuestos, litio, cobre, etc.
  2. Cotización 5.95-6% de funcionarios FFAA y policías para su propia pensión.

Revisa el diagrama con el flujo para entender mejor  el sistema y sus puntos críticos.


Diagrama de flujo del sistema de pensiones


¿Y qué fue del sistema antiguo?
(ex Cajas de Previsión)

En el sistema de pensiones chileno todavía existe un porcentaje de personas adscritas al antiguo régimen previsional de reparto que, a diferencia del sistema de capitalización individual que comenzó a regir en 1980, financiaba las pensiones con las cotizaciones de las personas que imponían mes a mes y no con el ahorro de cada contribuyente.

El Instituto de Previsión social, IPS (ex INP) siguió administrando ese régimen previsional para aquellos afiliados a las ex Cajas de Previsión que no se cambiaron al nuevo sistema. 

En diciembre de 2023, se pagaron 253.890 pensiones de vejez por esta modalidad, equivalente al 18% del total de pensiones por vejez pagadas ese mes (sin considerar fuerzas armadas y policías).

¿Dónde invierten las AFPs, quiénes ganan?

El sistema privado de pensiones fue diseñado para inyectar inversión a los grandes grupos económicos del país.

Revisa los datos de inversión y quienes son sus beneficiarios:


Principales empresas de los grupos económicos

Conflictos de interés público-privado: La puerta giratoria

Uno de los problemas centrales del sistema privado y también en otras áreas del estado, es el recurrente conflicto de intereses cuando se ejercen cargos públicos.


Te invitamos a revisar la selección de casos de directores de AFP y Compañías de seguro que han ejercido cargos públicos, algunos incluso directamente relacionados con trabajo y pensiones. 

Gráfico directores/as AFP y Cías de Seguro vs cargos públicos

El resultado final: ¿Qué montos de pensiones paga el sistema?

El sistema de AFP,  también conocido como “Autofinanciado” o de “Capitalización Individual”, ha ido entregando pensiones bajas, desatando la llamada crisis de pensiones, al contrario de las pensiones solidarias que reciben las Fuerzas Armadas y Policías con el sistema tradicional solidario.

Te invitamos a revisar datos al respecto:



Conclusiones

El sistema de pensiones de AFP ha sido uno de los principales motivos de debate en la sociedad chilena durante la última década. En esta webstory buscamos explicar el funcionamiento del sistema y analizar sus principales nudos críticos. 

Pensiones Insuficientes

La mayor crítica al sistema tiene que ver con el bajo monto de las pensiones pagadas. Al 31 de diciembre de 2023, el 50% de las pensiones que se pagaron fueron menores a $343.245, cifra que cae a $185.418 si no se considera el aporte que hace el estado a través de la PGU. En el caso de las mujeres, la pensión es aún menor. Frente a este escenario, surge la pregunta: ¿quién se beneficia con el actual sistema de pensiones?

Dos Sistemas Paralelos

En primer lugar, es importante destacar que el sistema privado de pensiones no es el único que opera en Chile: cuando se instauró la capitalización individual en 1980, en plena dictadura cívico-militar, se dejó fuera del sistema a las fuerzas armadas y policías, quienes hasta hoy tienen un sistema solidario de reparto. En promedio, este sistema paga pensiones que superan por más del triple a las pagadas por las AFP. Cabe preguntarse el por qué quienes implementaron el nuevo sistema decidieron excluirse de él.

¿Quienes ganan con el sistema de AFP?

Un elemento medular del sistema de AFP es que los fondos de pensiones se invierten para generar rentabilidad a sus afiliados/as y pagar mejores pensiones. Una mirada a dónde se invierten los recursos permite identificar a los principales ganadores del sistema: los grandes grupos económicos. A febrero del 2020, habían más de $43.170 mil millones de dólares invertidos en grupos económicos de matriz nacionales, liderados por los grupos Luksic, Said y Saieh, entre otros. 

La “Puerta Giratoria”

Otro fenómeno analizado tiene que ver con la “puerta giratoria”; personas que han ocupado cargos públicos, algunos con influencia en la determinación de la estructura previsional del país, y que han formado parte de los directorios de las AFP. En este grupo destacan María Teresa Infante, ex directora de Habitat y ex Subsecretaría de Previsión Social y ex Ministra del Trabajo, Alejandro Ferreiro, director de Confuturo y ex Superintendente de AFP y  ex Ministro de Economía o Ximena Rincón, ex directora de Provida y ex Ministra del Trabajo y ex Superintendenta de Seguridad Social, entre otros. Los conflictos de interés de estas personas al momento de ocupar cargos públicos es evidente.

En esta webstory pudimos analizar el sistema de pensiones vigente en Chile y sus principales problemáticas. La insuficiencia de las pensiones pagadas muestra la urgencia de un cambio, sin embargo las relaciones de poder existentes han truncado una y otra vez reformas al sistema. Es fundamental poder analizar esta materia en detalle para poder generar un cambio.