¿Anular, reformar o derogar la Ley de Pesca?, la discusión que se viene

Los artículos 6 y 7 de la Constitución, que señalan, en el caso del artículo 6, que «Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República.

Esta semana la declaración de admisibilidad por parte de la Cámara de Diputados del proyecto ingresado por el PC para anular la Ley de Pesca, ha desatado una discusión política entre el Gobierno  y parlamentarios de diversos partidos, provocando incluso, una división al interior de la propia Nueva Mayoría.

En su cuenta pública del 21 de mayo pasado la Presidenta Bachelet  se comprometió a modificar la Ley de Pesca, pero no indicó una fecha para ello.  Ocho meses después y en medio de un proceso de evaluación de la normativa por parte de la FAO, un grupo de parlamentarios liderados por el comunista Daniel Núñez presentaron un proyecto para anularla, basándose en de los casos de financiamiento irregular en los que se encuentra vinculada Corpesca, investigada, precisamente, por sus acciones durante la tramitación de la mentada legislación y que derivaron en el desafuero del senador Jaime Orpis.

«Ha habido un poco de pasividad en el Gobierno, en especial en la subsecretaría de Pesca y eso ha generado  que estos compromisos de revisar la ley de pesca en la práctica no se ha materializado» señaló el disputado  esta semana, según consigna Qué Pasa .

La polémica se encendió aún más  cuando la mesa de la Cámara Baja declaró admisible el proyecto y las voces de alerta no esperaron en reaccionar. Desde el Gobierno el ministro de Economía el ministro de Economía  salió al paso argumentando la moción es  «claramente inconstitucional y esperamos que la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados así lo determine». El secretario de Estado agregó además que «Vamos a proponer modificaciones de forma tal de perfeccionarla y de que represente adecuadamente lo que son los derechos de todos los chilenos en esta materia, pero creemos que es importante mantener y validar lo que es la institucionalidad».

Por su parte, el presidente de la Confederación de la Producción y el Comercio, Alberto Salas, también se refirió en al tema en La Tercera  manifestando que “Vemos con gran preocupación que algunos, con una mirada de corto plazo, intentan tomar un atajo, ejecutando medidas populistas que pueden tener graves consecuencias jurídicas y económicas”.

A juicio del presidente de la Asociación de Industriales Pesqueros, Luis Felipe Moncada,  si se anula este cuerpo legal se volvería a una realidad ocurrida previa a 1991, explicando en La Tercera que “Se estima un período de unos 18 meses donde habría carrera olímpica en las pesquerías por parte de  todos los actores. Las especies en estado delicado sencillamente colapsarían, dada la capacidad de captura industrial y artesanal”, dijo Moncada, agregando que además significaría la “destrucción de un sector que brinda empleo a más de 36 mil personas a nivel nacional”.

Estos argumentos se fundamentan en lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Constitución, que señalan, en el caso del artículo 6, que «Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República.

Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo.

La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que determine la ley.»

A su vez, el Artículo 7º plantea que «Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley.

Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes.

Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y sanciones que la ley señale.»

Por esta razón, la senadora y presidenta del Partido Socialista, Isabel Allende, opina que  de aprobarse el proyecto que anula la polémica ley “se podría generar un precedente que vaya contra nuestra institucionalidad. Así como estamos abiertos a cambiar la Constitución, también estamos abiertos a cambiar esta Ley de Pesca, pero de acuerdo a los mecanismos definidos en nuestro marco jurídico”, según publica Radio Agricultura. La timonel socialista puntualizó que «más que anular una ley, lo que corresponde hacer es derogarla según nuestro ordenamiento jurídico».

En efecto, el Artículo 66 de la Constitución establece el modo en que una ley puede ser modificada, o derogada, señalando que «Las normas legales que interpreten preceptos constitucionales necesitarán, para su aprobación, modificación o derogación, de las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio.

Las normas legales a las cuales la Constitución confiere el carácter de ley orgánica constitucional requerirán, para su aprobación, modificación o derogación, de las cuatro séptimas partes de los diputados y senadores en ejercicio.

Las normas legales de quórum calificado se establecerán, modificarán o derogarán por la mayoría absoluta de los diputados y senadores en ejercicio.

Las demás normas legales requerirán la mayoría de los miembros presentes de cada Cámara, o las mayorías que sean aplicables conforme a los artículos 68 y siguientes.»

Por lo pronto, el proyecto de anulación  será revisado por la Comisión de Constitución de la Cámara, donde muchos apuestan porque no será aceptado.

 

Foto: Greenpeace.org

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