Acuerdo del Congreso para el Proceso Constituyente: ¿Cómo ha evolucionado lo que se firmó el 15 noviembre de 2019?

Acuerdo por la paz social y la nueva constitución 15 de noviembre 2019

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Artículo Nº 127 Artículo Nº 131

Primero, ¿qué se acordó y firmó el 15 nov 2019?

En el contexto de las mayores protestas sociales en la historia de Chile, el Congreso llegó a un “Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución” para llamar a plebiscito por una nueva Constitución. Este acuerdo se materializó principalmente en la ley 21.200 que modificó el capítulo XV de la actual Constitución, lo cual permite llevar a cabo lo acordado.

Los principales puntos acordados ese día fueron:

  1. La realización de un plebiscito constitucional el 26 de abril. Luego pospuesto por pandemiay realizado ya el 25 octubre 2020, ganando el Apruebo por una nueva Constitución con 78.27% y la opción Convención Constitucional con solo integrantes elegidos directamente para la ocasión, con 78.99%.
  2. Una Convención Constitucional integrada por 155 ciudadanas/os, electos en base al sistema electoral para diputadas/os , es decir el Método D’Hondt.
  3. Elecciones de constituyentes el 11 de abril de 2021.
  4. La Convención deberá aprobar por quórum de ⅔ las normas del proyecto de nueva Constitución y su propio reglamento de votación.
  5. Plebiscito de salida para aprobar o rechazar la nueva Constitución con voto obligatorio (2022).

¿Y qué nuevos temas y decisiones se han incorporado posteriormente?

Independientes para la CC, Ley 21.216

ESTADO proyecto original: Aprobado. Publicada ley el 24 mar 2020.

ESTADO proyecto adicional: Aprobada Reforma para la “facilitación” el 4 dic 2020. Publicada ley el 10 dic 2020. FECHA INGRESO proyecto adicional: 14 sep 2020

Lo aprobado del proyecto adicional:

    • Disminuye a un 0,2% el porcentaje de electores exigido para la inscripción de una candidatura individual, y a 0,5% para inscribir una lista independiente
    • De manera excepcional, establece que el Servicio Electoral pueda disponer de su plataforma digital en la recepción de los patrocinios de candidaturas y listas independientes a través del sistema de clave única del Estado.

Indicaciones rechazadas en el Congreso:

    • Pactos y subpactos entre independientes y de independientes con partidos políticos.

Paridad de género para la CC, Ley 21.216

ESTADO: Aprobado, publicada ley el 24 marzo 2020.

Lo aprobado:

    • Paridad en la papeleta: Se deben presentar listas paritarias, salvo que las candidaturas sean impares, donde ningún género podrá superar al otro en más de uno.
    • Ajustes posvotación: Si los resultados del distrito no son paritarios, existe un método de corrección, reemplazando candidates electos menos votados por candidates no electos del género opuesto y del mismo partido o pacto, hasta nivelar la paridad.
    • Paridad resultante: Se intenciona por diseño una Convención 50/50%, que en el peor de los casos oscilará entre 45 y 55% (por los cupos constituyentes pares/impares y la cantidad de distritos).

Escaños reservado para pueblos originarios, Ley 21.298

FECHA INGRESO: 17 dic 2019
ESTADO: Aprobado. Publicada ley el 23 de diciembre 2020.

Lo aprobado:

17 escaños reservados y paritarios, dentro de la CC de 155 en total.

    • 7 pueblo Mapuche
    • 2 pueblo Aymara
    • Uno para cada pueblo: Atacameño, Colla, Quechua, Rapa Nui , Yamana (Yagán), Kawashkar, Diaguita y Chango.
    • Los 17 escaños reservados operan como “un Distrito Nacional” es decir, votantes registrados como pueblo originario, pueden votar por candidatos/as de esos escaños “Nacionales” reservados, no importando a la región/distrito que pertenece el/la votante, aunque en el caso del pueblo mapuche la asignación de los escaños contempla un mecanismo para asegurar representación de distintas regiones del país. También se contempla un mecanismo de corrección aplicable para evitar sobrerrepresentación de género en los escaños reservados en general.

Indicaciones rechazadas:

    • Escaño reservado para el Pueblo Afrodescendiente.

Cupos para personas con discapacidad, Ley 21.298

FECHA INGRESO: 17 dic 2019
ESTADO: Aprobado en el congreso el 16 dic 2020. Publicada ley el 23 dic 2020.

Lo aprobado:

5% mínimo en candidaturas a constituyente para personas con discapacidad dentro del total de candidaturas presentadas por las listas de partidos o pactos.

Chilenos/as en el exterior

ESTADO: Rechazado y archivado.
FECHA INGRESO: 28 sep 2020

Proyecto que proponía que puedan votar chilenos en el exterior y también tener candidaturas.

Sede de la Convención

El plenario de la Convención funcionará en la sede del Congreso Nacional en Santiago Centro, mientras que las oficinas estarán en el Palacio Pereira también en Santiago Centro. Esto anunciado por el gobierno oficialmente el 11 de enero 2020.

Presupuesto para la Convención

El presupuesto para la Convención Constitucional fue estimado por la dirección de presupuestos en alrededor de 10.600 millones de pesos. Algunas glosas importantes:

    • Remuneraciones de convencionales y personal apoyo:
      $3.753 millones de pesos.
    • Participación ciudadana y difusión:
      $500 millones de pesos.
    • Sedes:
      $854,7 millones de pesos, los que “se destinarán a la habilitación del Palacio Pereira, y para equipamiento necesario en el edificio del ex Congreso Nacional.
    • Otros:
      $1.407 millones de pesos que se “financiarán las asignaciones que se establezcan en el reglamento de la Convención Constitucional, conforme lo dispuesto en el inciso final del artículo 134 de la Constitución Política, incluyendo asesores.

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