¿Puede el Presidente de la República posponer el Plebiscito Constitucional del 25 de octubre?

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Artículo Nº 130

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No, no puede por sí mismo.

El plebiscito Constitucional debe estar contemplado en la constitución actual, por eso, en diciembre de 2019 el parlamento modificó el Capítulo 15 de la C80 para agendar un plebiscito nacional constitucional el 26 de abril, que luego fue pospuesto por el mismo Congreso para el 25 de octubre 2020; ambas instancias con mayoría de 2/3.

Es decir sólo el Parlamento, con 2/3 de los votos puede aprobar una postergación así.

Pero …¿Y la crisis económica? ¿Y el Covid19?

Como contexto, desde febrero, 19 países han tenido elecciones nacionales o locales durante la pandemia y habrán decenas más en los meses que vienen, por supuesto tomando precauciones sanitarias. Es decir, la democracia no se suspende: las crisis sociales, sanitarias o económicas ocurren dentro de las mismas democracias.

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