¿Por qué la Ley Emilia está frenándose en el Tribunal Constitucional?

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Artículo Nº 93

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Las víctimas y sus familias se han encontrado con diversos fallos adversos en el Tribunal Constitucional, ya que éste ha considerado que 1 año de prisión efectiva inicial «resulta desproporcionado e inequitativo con respecto a personas condenadas incluso por delitos de mayor gravedad».

La “Ley Emilia”, vigente desde septiembre de 2014, eleva las penas sancionando con cárcel efectiva de al menos un año a quienes manejen en estado de ebriedad y generen lesiones gravísimas (daño neurológico, invalidez, inhabilidad permanente para trabajar o amputaciones) o la muerte en accidentes de tránsito.

Carolina Figueroa, presidenta de la Fundación Emilia, sostiene sobre el origen de la ley:

Lo que buscábamos como ciudadanos era acabar con la sensación de impunidad que vivían las familias de este tipo de delitos, que hasta ahora habían sido invisibilizados incluso semánticamente por los medios y las instituciones al hablar de “accidentes”.

Pensábamos, quizás ingenuamente, que un marco regulatorio aprobado por mayoría en el Congreso, tendría un aplicación eficaz dentro de los tribunales de nuestro país, pero que también el Ministerio Público se haría cargo de la protección de las víctimas en todas las instancias, incluida la presentación de traslados en el Tribunal Constitucional»

Sin embargo, ya a 3 años de su vigencia, las familias de las víctimas se han encontrado con diversos fallos adversos en el Tribunal Constitucional, ya que éste ha considerado que 1 año de prisión efectiva inicial «resulta desproporcionado e inequitativo respecto de personas condenadas incluso por delitos de mayor gravedad».

Más específicamente el TC evoca el principio de la protección del derecho del imputado a regirse por la ley 18.216 y sus modificaciones del año 2013 (la ley que regula los beneficios carcelarios de los imputados, incluida la reinserción), modificaciones promulgadas en el Gobierno de Sebastián Piñera y ratificada durante el año 2014 por Michelle Bachelet y que solo establecería 35 delitos con prisión efectiva cometidos la primera vez.

Al respecto Figueroa agrega:

No estamos contra la reinserción, porque en una sociedad donde el sistema carcelario se encuentra en crisis y en que las condiciones de muchos de los recintos penales pueden graficarse como infrahumanas es comprensible este criterio. Pero la reinserción funciona con políticas públicas claras que la relacionen con trabajo comunitario, con fiscalización de las distintas medidas cautelares como el arresto domiciliario, la tobillera electrónica, etc.; con programas de atención de adicciones como drogas o alcohol, vale decir con múltiples acciones reparatorias y dirigidas a la sociedad.

Pero ¿qué pasa con las víctimas? Deben conformarse con la explicación de que el sistema esté en un momento crítico y por ende no pueden obtener una “Justicia Justa”.

Esta controversia sobre atribuciones del TC también ha provocado tensión entre el la Comisión de Constitución del Senado y el Tribunal Constitucional,  sumando, además de la Ley Emilia, la objeción de conciencia institucional por aborto en tres causales.

 

Fuentes: Cooperativa, La Tercera, Fundación Emilia, Gob.cl

 

Imagen por Orlando Contreras en Flickr

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