Canal 13 estrena teleserie investigada por plagio

Los querellantes habían presentado en mayo pasado un recurso de protección, argumentando violación a su derecho de autor, establecido en el Artículo 19 Nº 25 de la Constitución.

En medio de la polémica por la querella de plagio contra Canal 13 y su área dramática presentada por los guionistas Alex Rivera y Marcelo Gajardo, la estación de Andrónico Luksic decidió estrenar la teleserie «Veinteañero a los 40»,  luego de que comenzara su promoción en  junio de 2015 en las transmisiones de la Copa América.

De acuerdo con la información publicada por Cooperativa, en su debut la noche del domingo en horario prime, la teleserie promedió 16,9 puntos de raiting, superando a TVN, Mega y Chilevisión en la misma franja.

Esto,  a pesar de que la producción está siendo investigada por la Fiscalía Oriente, luego de que el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago acogiera la querella presentada por Rivera y Gajardo, y a pesar  de que la semana pasada The Clinic diera  a conocer el informe realizado por la Brigada Investigadora de Delitos de Propiedad Intelectual de la PDI (Bridepi) y entregado a la fiscal Oriente, Teresa Muñoz Becker, el cual establece que el equipo completo del canal  a cargo del guión de la teleserie “cometieron el delito de plagio”.

Según The Clinic, la orden de investigar firmada por la comisario Sylvana Corte señala que  los guionistas de Canal 13 “realizaron sin autorización alguna de los autores de la obra Qué hay de nuevo viejo (nombre que le dieron los querellantes), un apoderamiento ideal de todos o algunos de los elementos originales contenidos de esta obra intelectual ajena, presentándola como propia, donde procedieron a tomar como guión base la obra Qué hay de nuevo viejo, para posteriormente presentarla como una nueva obra y de autoría propia llamada “Veinteañero a los 40”.

Los querellantes habían presentado en mayo pasado un recurso de protección, apelando a lo establecido en el Artículo 20  de la Constitución, cuando una persona, natural o jurídica estima que «…por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidos en el artículo 19«, en este caso, 19 Nº25,  que garantiza «La libertad de crear y difundir las artes, así como el derecho del autor sobre sus creaciones intelectuales y artísticas de cualquier especie, por el tiempo que señale la ley y que no será inferior al de la vida del titular.»

Este derecho, además «comprende la propiedad de las obras y otros derechos, como la paternidad, la edición y la integridad de la obra, todo ello en conformidad a la ley

Sin embargo, el Tribunal de Alzada estimó que esta acción legal debería ser materia de un juicio civil o penal, por lo que rechazó la orden de no innovar presentada por la defensa de Rivera y Gajardo, dando el pie para la querella criminal.

Por su parte, la estación católica hizo sus descargos frente a la acusación, señalando a La Tercera que «La historia de la teleserie es diferente a la de los reclamantes y sólo comparten ideas que son universales, que se encuentran en el dominio público y que pueden ser utilizadas y explotadas legítimamente por cualquier persona. La fiscalía está investigando y recabando todos los antecedentes y nosotros estamos colaborando a fin de que se esclarezca la situación, descartando la querella”.

Sin duda el fallo que emane del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago sentará un importante precedente en materia de propiedad intelectual, considerando que los querellantes cuentan con un registro de propiedad intelectual de la obra previo al realizado por el canal y que ambos participaron en 2014 de un taller de guiones impartido por el propio canal y en donde presentaron el proyecto en controversia.

Mientras tanto, la circulación masiva de la obra ya es un hecho y seguirá disputando público hasta su capítulo final.

 

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