A través de un oficio a la Cámara de Diputados, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) informó respecto del decreto del Gobierno que prohibió el acceso de una caravana de camioneros a la Región Metropolitana el pasado 27 de agosto, que “sin lugar a dudas, la actuación de la autoridad implicó una vulneración del derecho de reunión y de la libertad de expresión, constitutivos a su vez del derecho de manifestación del gremio”.
Según la información publicada por La Nación, la entidad determinó que constituía una “vulneración del derecho de reunión y de la libertad de expresión”. Cabe recordar que en ese mismo día en el centro de Santiago, junto a la caravana de camiones que viajó desde La Araucanía a Santiago con restos de vehículos de carga destruidos en atentados incendiarios , se realizó una marcha por organizaciones mapuches y otra por organizaciones estudiantiles.
En el oficio del INDH se señala además que “la totalidad de los/as miembros del Consejo declaran la legitimidad de la reivindicación de los dueños de camiones de pasar frente a La Moneda y que la autoridad debería haber realizado las coordinaciones necesarias para que dicho paso no afectara la integridad de los manifestantes, el derecho de terceros ni el derecho a manifestarse”.
En efecto, el derecho a la reunión y a la libertad de expresión están garantizados en la actual Constitución en su Artículo 19. En el caso del derecho a reunión, el Artículo 19 Número 13, otorga a todos los ciudadanos «el derecho a reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas». Eso si » Las reuniones en las plazas, calles y demás lugares de uso público, se regirán por las disposiciones generales de policía.
A su vez, el Artículo 19 Número 12 establece «La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades».